Ley General de Bancos – Feriado bancario – Restricción de atención bancaria presencial

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🏦 Días sin atención bancaria presencial según la Ley General de Bancos

Feriado Bancario

Los bancos no atienden presencialmente al público:
Todos los sábados y el 31 de diciembre de cada año.

“Artículo 38.- …los bancos no atenderán presencialmente al público los días sábado de cada semana y el día 31 de diciembre de cada año.”
— Ley General de Bancos, publicada el 19 de diciembre de 1997

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🏦 Preguntas frecuentes sobre la Ley General de Bancos

¿Qué establece la Ley General de Bancos respecto a los días de atención?

Establece que los bancos no atenderán presencialmente al público los días sábado de cada semana ni el 31 de diciembre de cada año.

¿Significa esto que los bancos están cerrados esos días?

Sí, al menos para atención presencial. Sin embargo, los servicios digitales como transferencias o pagos en línea continúan funcionando normalmente.

¿Qué sucede si el 31 de diciembre cae en sábado?

El efecto es el mismo: los bancos no atienden presencialmente, pero ya estaba cubierto por la norma que aplica a todos los sábados.

¿Este “feriado bancario” es válido para todo Chile?

Sí. Se aplica a todas las instituciones bancarias supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en el territorio nacional.

¿Cuál es el objetivo de esta norma?

Permitir el cierre anticipado de operaciones y facilitar los procesos de cierre contable y financiero del año.

¿Dónde puedo consultar el texto completo?

Puedes leer la Ley General de Bancos en el sitio de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.